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A partir de la Ley 10.933, la provincia de Entre Ríos adhirió a la ley nacional 27.424 “RÉGIMEN DE FOMENTO A LA GENERACIÓN DISTRIBUIDA DE ENERGÍA RENOVABLE INTEGRADA A LA RED ELÉCTRICA”

  • Se deberá adjuntar al formulario 2 A la información indicada en la resolución EPRE 96/23 y aclaraciones de la resolución EPRE 54/24: memoria técnica de la instalación con: esquema unifilar indicando tipo de paneles solares, inversor, protecciones y sección de conductores;certificados de los equipos,  certificado tipo D descargado por el matriculado habilitado (ver punto 4 de Resolución EPRE N° 54/24 ).
  • Para habilitar la instalación el usuario debe abonar el derecho de conexión cuyo valor corresponde al indicado en el cuadro tarifario vigente
  • Ley 10933 de la provincia de Entre Ríos
  • Resolución 297 SME:
  • Decreto Nº 324 MPIyS (página 24)
  • Resolución EPRE 96/23: procedimiento para las solicitudes de generación distribuida y requisitos técnicos que se deben cumplir
  • Resolución EPRE 54/24: aclaraciones y modificaciones a la Res EPRE 96/23:

http://aplicaciones.epre.gov.ar/instaladores/

https://www.enersa.com.ar/usuarios-generadores

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